viernes, 10 de junio de 2016

Derechos y Deberes


REGLAMENTO APRENDIZ SENA SEGÚN LA LEY 119 DE 1994



DERECHOS Y DEBERES

DESCRIPCION CASO 1

Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.

 

Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA.

 

Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le explicado que los carnes son para los aprendices de la modalidad presencial.

 

PREGUNTAS

1.    Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?

2.     En relación con el líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué

 

 SOLUCIÓN

1) En primera instancia cabe resaltar que un derecho del aprendiz según el Capítulo II Art. 7 numeral 4 es recibir en el momento de la legalización de su matrícula el carnet que lo hace acreedor como aprendiz SENA, lo cual Federico debía tener pleno conocimiento según el Cap. II Art 7 numeral 2 y Cap. III Art. 13  al estudiar el material de inducción que entrega el instructor en este caso el reglamento del aprendiz SENA cuando es elegido para cualquier programa técnico.

2) La respuesta que dio la funcionaria al aprendiz SENA según el Capitulo I- Art 3 Principios Generales fue equivoca  ya que todo aprendiz que se esté desarrollando intelectualmente en cualquier modalidad sea virtual o presencial goza de los mismos derechos y deberes razón también por la cual Federico pudo aclararle a ella (el).

Como sugerencia Federico debió comunicarle al instructor según el Capítulo II Art. 7 numeral 8 acerca de la petición del carnet que reiteradamente le había solicitado a la persona encargada y que hacía caso omiso talvez por desconocimiento u otra razón, para que en este caso  él instructor informe a las oficinas acerca del caso de Federico ya que esto le impidió realizar su proceso de formación.

 DESCRIPCION CASO 2

Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multi-media, desde el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.

 

Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.

 

Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.

 

PREGUNTAS.

¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?

 
SOLUCIÓN

Dado que el aprendiz goza de derechos, él puede hacer hincapié al  Art 7 numeral 8 lo más conveniente es que su tutor encargado del proceso de aprendizaje lo retroalimente llegando a un apoyo necesario para que el aprendiz tenga continuidad garantizando calidad y eficacia del proceso formativo con el fin de que se obtenga excelentes resultados.

Art 7 numeral 11-12 En este caso el aprendiz están en pleno derecho de saber y solicitar los resultados de sus evaluaciones dado que si no existe unanimidad entre tutor y aprendiz llegar a una solución, de igual manera una retroalimentación para que el estudiante se dé cuenta de sus falencias para que las pueda corregir en futuras actividades; un tutor virtual está en la obligación de guiar y atender las dudas que tenga el estudiante con el fin de superar las barreras que se presenten.